El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) le negó a la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres, registrar el término “Ministra del Pueblo” como marca comercial.“El signo solicitado es susceptible de engañar al público e inducir a error respecto de las características de este”, afirmó el IMPI.Explica que los cargos públicos del Poder Judicial (ministros, magistrados y jueces) sólo se podrán obtener por medio del proceso electoral “y no así por persona que no ha obtenido dicho cargo como resultado de dicha elección, generando la confusión respecto a las características y naturaleza de la denominación solicitada”.Asimismo, el organismo señaló que el término “Ministra del Pueblo” resulta “ser descriptivo de los servicios que desea distinguir”por eso no es distintivo, “razón por la cual no puede ser registrable”.Explicó que el registro incurre en la prohibición prevista en los artículos 12, 173 y 178 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, así como las disposiciones de la Constitución Política y de Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.En noviembre de 2025, Batres Guadarrama solicitó al INPI registrar el término “Ministra del Pueblo” como marca comercial.Mientras que el 20 de febrero, impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) al impedir agregar apodos en las boletas para la elección judicial.Las elecciones judiciales están programadas para el primer domingo de junio de 2025.“La ‘Ministra del Pueblo’ es mucho más que un sobrenombre. Es una misión, una declaración de principios, un compromiso”, afirmó la ministra en aquel entonces.

Shares: