Corte Constitucional avaló que otras ciudades capitales puedan aplicar normas tributarias de Bogotá
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Los concejos de las ciudades pueden adoptar la misma norma de impuesto predial unificado y de industria y comercio.Corte Constitucional avaló que otras ciudades capitales puedan aplicar normas tributarias de Bogotá Foto: MAURICIO MORENO28.05.2025 15:56 Actualizado: 28.05.2025 17:00
La Corte Constitucional estudió una demanda en contra de una parte de la Ley 2082 de 2021. Esa ley creó una nueva categoría de municipios llamada ciudades capitales y les dio más herramientas para manejarse de forma independiente.El artículo que se demandó (el artículo 14) permite que los concejos de estas ciudades capitales puedan aplicar las mismas normas que tiene Bogotá sobre dos impuestos importantes: el impuesto predial unificado (que pagan los dueños de predios) y el impuesto de industria y comercio (que pagan empresas y comerciantes).Impuesto predial en Bogotá. Foto:iStockLa demanda señalaba que ese artículo era inconstitucional por varias razones. Una de ellas era que no tenía relación con el tema principal de la ley, lo cual sería una violación al llamado principio de unidad de materia, el cual dice que todos los artículos de una ley deben tratar temas que tengan que ver entre sí.Después de analizar el caso, la Corte concluyó que tres de los cuatro argumentos de la demanda no cumplían con los requisitos mínimos para ser estudiados, porque no estaban bien explicados o no se entendían con claridad. Así que la Corte no se pronunció sobre ellos.Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes. Foto:Jesús BlanquicetEl cuarto argumento, el que tenía que ver con la unidad de materia, sí fue estudiado. Para resolverlo, la Corte revisó si el artículo 14 tenía que ver con el objetivo principal de la Ley 2082, que es darle más herramientas de gestión y autonomía a las ciudades capitales.La respuesta fue que se puede permitir que las ciudades capitales adopten normas tributarias de Bogotá sí tiene relación con esa intención de fortalecer su autonomía. Entonces, les da la posibilidad, si así lo consideran conveniente y si se ajusta a sus realidades. Eso, según la Corte, ayuda a que estas ciudades puedan conseguir más recursos y mejorar su funcionamiento, lo cual encaja con el espíritu de la ley.Por eso, la Corte decidió que el artículo 14 sí es constitucional y no viola el principio de unidad de materia y puede seguir aplicándose.Juan Diego TorresDielas@eltiempo.comMás noticias: Sigue toda la información de Justicia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.
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