El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor de una acción popular que denuncia la grave desinformación sobre la pastilla del día después y ordenó al Estado la creación de campañas educativas, con información veraz y clara para mujeres. La acción popular fue interpuesta por el abogado Germán Humberto Rincón Perfetti, defensor de derechos humanos, quien en entrevista con EL TIEMPO asegura que la falta de campañas claras e incluyentes sobre los métodos de planificación familiar vulnera derechos fundamentales.“No es una píldora abortiva, porque actúa impidiendo que el óvulo se una con el espermatozoide. Si ya se unieron, no sirve. Es fundamental tener acceso a esta información. El problema es que no existen campañas de educación masiva, y los derechos colectivos a la información, a la seguridad del consumidor y a la salud han sido vulnerados”, señaló Rincón Perfetti.La demanda en las píldoras del día después aumentó tras el fallo de la Corte Suprema. Foto:IstockEl fallo reconoce que, aunque los Ministerios de Salud, Educación y Tecnologías de la Información alegaron tener información disponible en sus portales web, “no se presentaron pruebas suficientes que demuestren que esas campañas llegan realmente a las mujeres en edad fértil, ni mucho menos a las comunidades rurales o vulnerables”, donde el acceso a Internet y educación es limitado.La sentencia cita la Encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDS) de 2015, la cual revela que, aunque el 95.1% de las mujeres ha recibido alguna información sobre sexualidad, “el nivel de acceso varía significativamente dependiendo del nivel educativo, el estrato socioeconómico y el área geográfica”, siendo mucho menor en las zonas rurales.“La mayoría de embarazos en Colombia son no deseados. Esos embarazos podrían evitarse si se garantizara el derecho a la información y el acceso efectivo a los anticonceptivos que ya están en el Plan Obligatorio de Salud (POS)”, enfatizó Rincón Perfetti.Hospital Foto:iStockEn consecuencia, el tribunal ordena a los Ministerios de Salud, Educación y TIC “formular e implementar en un plazo máximo de 12 meses estrategias educativas con campañas claras, comprensibles y diferenciadas, que expliquen los métodos de anticoncepción de rutina y de emergencia”.El fallo también destaca la necesidad de incluir a la Procuraduría, instándola a cumplir su rol de vigilancia e implementar campañas efectivas de promoción de derechos sexuales y reproductivos, como fue ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia C-355 de 2006.Pastilla del ‘día después’ Foto:Archivo ParticularInformación para las mujeres en el campoUno de los puntos más impactantes de la decisión es el reconocimiento de la discriminación estructural que viven las mujeres rurales en el acceso a la información.“Desde el punto de vista constitucional, el derecho a la igualdad implica tratar de forma diferente a quienes están en condiciones distintas. Las mujeres en el campo no tienen las mismas oportunidades que las de las ciudades, y las campañas deben contemplar acciones afirmativas”, afirmó Rincón Perfetti.Pese a que la acción popular también señalaba a diversas farmacéuticas como responsables de no informar adecuadamente sobre sus productos, el Tribunal concluyó que “estas empresas han cumplido con los requisitos legales de etiquetado e información autorizados por el INVIMA” y que no les corresponde adelantar campañas masivas.Por último, se ordena la creación de un comité de verificación que vigilará la implementación de las medidas ordenadas y entregará informes periódicos al Tribunal.Juan Diego Torres LassoDielas@eltiempo.comMás noticias:

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