Aunque desde el lunes se conocía que el expresidente Álvaro Uribe Vélez había sido condenado por dos delitos, fraude procesal y soborno a testigo en actuación penal, el fallo de la jueza Sandra Heredia, que se conoció el viernes, sorprendió. Le impuso 12 años de prisión domiciliaria (la Fiscalía, que acusó a Uribe, había pedido nueve) y, además, ordenó la detención inmediata del mandatario alegando un supuesto riesgo de fuga. “Se condena a Álvaro Uribe Vélez a las penas principales de 144 meses o, lo que es lo mismo, 12 años de prisión, multa equivalente a 2.420 salarios mínimos, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas (…) como determinador penalmente responsable del delito de soborno en actuación penal y fraude procesal (…) cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que da cuenta” el expediente, dice la sentencia de 1.114 páginas, que la defensa apelará ante el Tribunal Superior de Bogotá.El monto de la pena está en las cuentas legales posibles, de acuerdo con los abogados consultados por EL TIEMPO. Pero esos mismos expertos consideraron que la jueza fue en este caso particularmente severa, incluso al punto de exceder lo que había solicitado la contraparte de Uribe en el juicio, la Fiscalía.La juez Sandra Heredia, el senador Iván Cepeda y el expresidente Álvaro Uribe. Foto:Archivo particularPero el punto que congrega mayor polémica es sin duda la determinación de Heredia de ordenar la detención inmediata del exjefe del Estado. No solo porque va en contravía de la línea marcada por las altas cortes cuando se trata de condenados que no representan un peligro para la sociedad o para la administración de justicia y que han comparecido a sus audiencias, sino por los argumentos.“Tenemos que la privación de la libertad inmediata resulta necesaria para asegurar la preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos. Esta medida no solo tiene un efecto disuasivo e intimidatorio que previene la comisión de delitos, sino que también evita la percepción negativa de la sociedad de que las personas pueden continuar gozando de su libertad, pese a una condena, cuando no se cumplen los requisitos para ello y la presunción de inocencia ya ha sido desestimada en primera instancia (…) –dice el fallo– máxime cuando se trata de una persona que goza de un reconocimiento público y social, referente para grandes círculos de país. De ahí que permitir que continúe en el ejercicio de su libre locomoción, pese a la transgresión ocasionada, concebiría la idea errada de que la igualdad ante la ley no preexiste en el ordenamiento, ergo, para sostener el poder disuasivo del imperio de la ley y la confianza en la institucionalidad, se hace imperiosa su rauda detención”.Simpatizantes de Álvaro Uribe. Foto:MAURICIO MORENOHeredia agregó que “dado su gran reconocimiento a nivel internacional, resulta fácil que podrá abandonar el país para eludir la sanción impuesta”, para argumentar su orden de confinamiento contra el expresidente, quien tiene 73 años y, de quedar en firme el fallo, no podría volver a ser elegido para cargos públicos, pues la Constitución establece ese limitante para sentenciados por delitos comunes. En la audiencia del viernes, que fue accidentada, el expresidente Uribe aseguró que supuestamente se trata de un fallo político en su contra y sugirió la existencia de intereses del gobierno Petro detrás de la sentencia. Así, afirmó que no se trató de una decisión “autónoma” sino, supuestamente, de una con “determinadores políticos cercanos a quienes han atentado contra la democracia colombiana”. “Este es un fallo abusivo, que excede lo jurídico, va contra las normas, contra la ética y la moral. Me condenan por sobornar sin una sola prueba”, sostuvo el también exsenador de la República.El expresidente Álvaro Uribe. Foto:CESAR MELGAREJOFrente a la decisión, el abogado Francisco Bernate consideró, en diálogo con EL TIEMPO, que “ninguno hubiera podido imaginar semejante situación, no hubo un solo pronóstico, ni siquiera de la Fiscalía, que hubiera acertado en esto”, en referencia a los 12 años de condena, la primera contra un expresidente de la República en tiempos modernos. “Una prisión de 12 años, cuando los márgenes estaban entre los 7 y los 9, desconoce todos los precedentes de todas las cortes, tribunales y juzgados que ordenan la captura una vez esté en firme. Es realmente por fuera de todo pronóstico y lo único que puede hacer ahora la defensa es una tutela para que el expresidente se pueda defender en libertad sin perjuicio de la apelación”, agregó Bernate.El penalista Fabio Humar, en la misma línea, consideró la decisión como “dura” e indicó que se esperaba una pena máxima de nueve años y también que no hubiera detención inmediata. “La ley incluso establece que la decisión no queda en firme hasta que sea revisada por la Sala de Casación de la Corte Suprema, ni siquiera el Tribunal de Bogotá. Uribe ha colaborado y comparecido durante todo el proceso. Es una figura pública que siempre ha estado acompañado por la Policía, se sabe dónde está y dónde vive. La decisión es exagerada”, señaló el abogado.Por su parte, el penalista Víctor Mosquera, quien hace parte de la bancada de defensa del expresidente, rechazó la privación “arbitraria, anticipada e injusta de libertad contra Álvaro Uribe Vélez. Sin sentencia en firme y sin haberse resuelto el recurso de apelación, se vulnera la presunción de inocencia. La jueza actúa con sesgo y exceso, anticipando cumplimiento de sanción sin control superior”.Sala de Paloquemao. Foto:MAURICIO MORENOA su vez, el abogado Saúl León indicó que “por el principio de favorabilidad, Uribe debería permanecer en libertad hasta que su caso sea resuelto de fondo. La Corte ha sostenido que, mientras la condena no esté en firme, el procesado puede permanecer en libertad”.“Si la sentencia trae en la parte resolutiva la condena establecida y la detención domiciliaria, esta solo se podría cumplir cuando la sentencia quede ejecutoriada, y la sentencia no está ejecutoriada porque la sentencia tiene todavía la posibilidad de ser objeto de recurso. De tal suerte que lo que va a pasar es que eso es lo que tiene que definir el tribunal en el momento que resuelva la apelación”, dijo el jurista Juan Francisco Navarrete.Tribunal de Bogotá. Foto:Carlos López/El TiempoLa Procuraduría, que a lo largo del proceso había pedido la declaración de inocencia del procesado, anunció que coadyuva la apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá. Ese documento debe llegar, como máximo, el próximo 13 de agosto a la sede de la segunda instancia penal.Redacción Justicia – @JusticiaET – justicia@eltiempo.com

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