Un intercambio de oficios diplomáticos entre funcionarios de la Cancillería y el gobierno de Nicaragua motivó una indagación de la Procuraduría para esclarecer el papel de funcionarios colombianos en el asilo del fugitivo Carlos Ramón González. El pasado 15 de agosto, la Sala Disciplinaria de Instrucción ordenó un allanamiento para recabar pruebas que permitan establecer la responsabilidad de quienes intervinieron como puente para que el gobierno de Daniel Ortega le concediera al exdirector del Dapre y señalado ‘cerebro’ del saqueo a la UNGRD la residencia y el asilo político.Carlos Ramon González, exdirector del Dapre Foto:El TiempoEntre estas notas figura una carta enviada por Oscar Muñoz, jefe de Negocios de la embajada y actual embajador (e), en la que solicitó renovar la residencia de González, a quien llama “compañero”.”Conforme a lo dialogado en reuniones pasadas en relación con el estatus de residente del señor Carlos Ramón González, quien se encuentra en Nicaragua desde el 5 de noviembre de 2024 y no ha salido del país desde esa fecha, solicitamos el apoyo del Ministerio de para regularizar su situación migratoria y renovar su residencia, registrada bajo el número (…), toda vez que esta vence el 14 de junio de 2025″, se lee en la carta. LEA TAMBIÉN Según el Ministerio Público, “en esa comunicación, con las formalidades de una nota diplomática y fechada el 21 de mayo de este año, la Embajada de Colombia afirma que Carlos Ramón González ha permanecido en Nicaragua desde noviembre del año pasado”.En otra misiva que anexa el documento de la Procuraduría, el exembajador en Nicaragua, León Freddy Muñoz, le pidió al régimen de Ortega reconsiderar el permiso de ingreso al país del ahora procesado y uno de los líderes políticos de la Alianza Verde, su partido, que inicialmente había sido negado. En otras palabras, Ortega le había prohibido entrar a Nicaragua, pero desde la embajada de Colombia ejercieron presión.Sandra Ortiz, Ricardo Bonilla y Carlos Ramon González, exdirector de la DNI. Foto:Archivo particular”Esta Embajada acude a los buenos oficios de las autoridades nicaragüenses para reactivar el permiso de ingreso del señor Carlos Ramón González y su acompañante. En caso de ser necesario, el embajador Muñoz manifestó su disposición de reunirse con el funcionario que designe el MINREX para explicar el objetivo de la visita planeada por el señor González”, se lee en ese documento. Con base en esas pruebas iniciales, el ente de control ordenó una inspección a Migración Colombia y a la Cancillería para establecer la posible existencia de faltas disciplinarias en los trámites y/o procedimientos que permitieron que Carlos Ramón González obtuviera cédula de residencia, residencia y permiso de ingreso por parte del gobierno de Nicaragua, así como en el uso del vehículo y la casa oficial de la Embajada de Colombia en ese país.Las 13 pruebas que recabó fueron: Tramites y/o procedimientos surtidos desde la Cancillería y/o la Embajada de Colombia en Nicaragua para el otorgamiento por parte del gobierno de Nicaragua de la cédula de residencia a Carlos Ramon González.Tramites y/o procedimientos surtidos desde la Cancillería y/o la Embajada de Colombia en Nicaragua para el ingreso de Carlos Ramon González a Nicaragua.Tramites y/o procedimientos surtidos desde la Cancillería y/o la Embajada de Colombia en Nicaragua para el otorgamiento por parte del gobierno de Nicaragua de la residencia a Carlos Ramon González.Correspondencia entre el gobierno de Colombia y el gobierno de Nicaragua relacionada con el permiso de ingreso y otorgamiento de la residencia de Carlos Ramón González.Correspondencia entre la Cancillería y la Embajada de Colombia en Nicaragua, relacionada con el permiso de ingreso y otorgamiento de la residencia de Carlos Ramón González.Si, la Embajada de Colombia en Nicaragua tiene para su servicio una camioneta, en caso positivo allegar: documentos que acrediten la propiedad del vehículo y certificar quienes pueden utilizarlo. Allegar copia del documento (manual o acto administrativo) en el cual se estipulen las condiciones de uso de los vehículos que se encuentren adscritos a las Embajadas de Colombia.Lugar de ubicación de la casa oficial de la Embajada de Colombia en Managua, determinando si es propiedad del Estado Colombiano.Establecer quienes pueden vivir de forma temporal o permanente en la casa oficial de la Embajada de Colombia en Managua, allegando el manual o acto administrativo que regule esta situación.Autorización por parte de la ministra de relaciones exteriores por medio de la cual en el año 2024 se permitió a Carlos Ramón González vivir con su esposa en la casa oficial de la Embajada de Colombia en Managua, en caso de que esta no exista, emitir certificación al respecto.Documento (oficio, correo electrónico), por medio del cual el embajador de Colombia ante el gobierno de Nicaragua, informó al Ministerio de Relaciones Exteriores que había autorizado y/o permitido que Carlos Ramón González habitara la casa oficial de la Embajada de Colombia en Managua. En caso de que esta no exista, emitir certificación al respecto.Fecha en la que ingresó Carlos Ramón González a la casa oficial de la Embajada de Colombia en Managua y el día en el cual se retiró, de no tener información al respecto así certificarlo.Acto de nombramiento, acta de posesión, constancia de tiempo de servicios, salario devengado, aparte correspondiente del manual de funciones y ultima dirección física y electrónica registrada de quienes fungieron como ministros y embajadores ante el gobierno de Nicaragua para la época de los hechos. Autoridades encontraron el cuerpo de #ValeriaAfanador Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

Las 13 pruebas que recabó la Procuraduría en la Cancillería por el asilo de Carlos Ramón González en Nicaragua
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