Jamás se está listo para enfrentar la muerte de algún ser querido, sin embargo vale la pena tener un plan de previsión para el triste fallecimiento de un familiar, pues así se sabrá qué hacer y cómo actuar ante una situación así. Es importante que las personas que son beneficiarias de la Pensión Bienestar sepan qué pasa con su dinero en caso de fallecimiento, así como para sus deudos, pues hay un apoyo económico que reciben en estos casos.
Es importante señalar que el dinero que está en las cuentas bancarias de quienes reciben la Pensión Bienestar ya es suyo, por lo que no pueden perderlo y sus familiares puede hacer uso de ese monto, siempre y cuando el pensionado comparta con sus familiares el NIP del Banco del Bienestar para que puedan retirar el saldo que tengan a favor.
Debes tomar en cuenta que cuando un familiar que recibe la Pensión Bienestar de Adultos Mayores muere, sus familiares tienen la obligación de notificarlo a las autoridades de ese modo se lleva a cabo la suspensión de pago, es decir los depósitos a la tarjeta del beneficiario cesan inmediatamente después de notificar el fallecimiento. Noticias Relacionadas
La Pensión Bienestar no se hereda a otros familiares.
Además de esto debemos señalar que los familiares de los pensionados pueden recibir un apoyo económico para cubrir parte de los gastos funerarios. Este lleva el nombre de pago de marcha y aquí te contamos qué necesitas para recibirlo.
La Pensión Bienestar de Adultos Mayores no se hereda. Foto: Cuartoscuro
¿Cómo recibir el pago de marcha de la Pensión Bienestar?
Las pensiones que son parte de los Programas para el Bienestar del Gobierno de México tienen considerado un pago especial para apoyar a las familias cuando ocurre el fallecimiento de las y los derechohabientes: el pago de marcha. Este pago es un apoyo económico que se entrega a la persona que fue registrada como auxiliar de quien recibía la pensión.
Es importante mencionar que este pago se entrega únicamente si se cuenta con el registro del auxiliar, por lo que si aún no lo tienes no dejes pasar más tiempo, pues además eso permite brindar apoyo a nuestros familiares de la tercera edad que por su situación no puedan acudir de manera presencial a realizar trámites.
El pago de marcha está disponible en la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, la Pensión el Bienestar de las Personas con Discapacidad y la Pensión Mujeres Bienestar.
¿Cuánto entrega el pago de marcha y cómo se solicita?
El apoyo económico se entrega por una sola ocasión y varía según la pensión que recibía la o el derechohabiente:
Pensión para adultos mayores 3,100 pesos
Pensión para personas con discapacidad 1,600 pesos
Pensión Mujeres Bienestar 1,500 pesos
Para solicitarlo, la persona auxiliar de la o el derechohabiente debe notificar el fallecimiento en la Línea del Bienestar, cuyo número es 800 639 42 64, en un horario de 8:00 am a 9:00 pm de lunes a viernes y de 9:00 am a 7:00 pm en fines de semana y días de asueto.
Entre los datos que se piden están algunos que vienen en el acta de defunción o constancia médica de fallecimiento emitida por alguna institución pública, por lo que es importante tenerla a la mano. La notificación debe hacerse dentro de los dos bimestres siguientes a la muerte del pensionado; si no se hace en ese plazo, se pierde el derecho al apoyo.
Luego del trámite correspondiente, el pago se emitirá al siguiente bimestre.
Registra a un auxiliar para que puedan recibir el pago de marcha. Foto: Cuartoscuro| Freepik
¿Cómo registrar a una persona auxiliar en la Pensión Bienestar?
Las Pensiones para el Bienestar contemplan la entrega del pago de marcha sólo a las personas auxiliares, por lo que es importante que hagas el registro oportuno para poder recibir este apoyo económico. Si tú recibes alguna de las pensiones y aún no tienes registrada a ninguna persona auxiliar, puedes dar de alta a quien tú desees, sea familiar tuyo o no.
Tú o quien quedará registrada como auxiliar debe llamar a la Línea del Bienestar. Se debe proporcionar la siguiente información de ambas personas:
CURP
Direcciones de domicilios
Claves de elector
Números de contacto
Tener registrada a una persona auxiliar sirve para que ésta puede acudir en representación de la o el derechohabiente a realizar cualquier trámite relacionado con la pensión que recibe y sólo ella recibirá el pago de marcha en caso de fallecimiento.